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Validez Jurídica del Pagaré Digital en México

En los últimos años, la digitalización de los procesos legales y financieros ha transformado la forma en que se celebran las operaciones de crédito.

Una de las figuras que más ha evolucionado es la del pagaré digital, el cual tiene plena validez jurídica en México, siempre que cumpla con los requisitos establecidos por la ley.


La transformación digital ha redefinido la manera en que se formalizan los documentos financieros, incorporando herramientas como la firma electrónica avanzada, que hace posible la emisión y validación del pagaré digital.

Por lo que surge la pregunta clave:

¿Es legal firmar un pagaré digital en México?

La respuesta es sí, y aquí te explicamos cómo hacerlo de manera segura, válida y conforme a la ley.

¿Qué es un pagaré digital?

El pagaré digital es la evolución del pagaré tradicional. Es un documento electrónico que contiene una promesa incondicional de pago de una suma determinada de dinero en un plazo específico. A diferencia de su versión en papel, el pagaré digital se emite, firma, transmite y conserva electrónicamente, sin necesidad de llevarlo a cabo en proceso físico.

Esta modalidad ofrece ventajas evidentes: mayor accesibilidad, rapidez, trazabilidad y seguridad en las operaciones comerciales y financieras.

En esencia, el pagaré digital conserva la misma validez y efectos jurídicos que el pagaré físico, siempre que cumpla con los requisitos legales aplicables.

En cuanto a su marco legal, la legislación mexicana reconoce expresamente la validez jurídica de los pagarés digitales.

El Código de Comercio, en sus artículos 89, 93 y 97, establece el principio de equivalencia funcional, según el cual los documentos electrónicos tienen el mismo valor probatorio que los documentos en soporte físico, siempre que cumplan con tres condiciones básicas:

  • La disponibilidad de la información;
  • La integridad del mensaje de datos, y;
  • La firma mediante firma electrónica avanzada (FEA).


Por su parte, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito dispone en su artículo 170 que la firmadel suscriptor es un requisito esencial del pagaré, y en medios electrónicos debe realizarse con firma electrónica avanzada.

A su vez, la Norma Oficial Mexicana NOM-151-SCFI-2016 regula la conservación de mensajes de datos y exige la emisión de una constancia de conservación, que acredita la fecha, hora y autenticidad del documento y su firma.

Requisitos para la validez del pagaré digital

Para que un pagaré digital tenga validez plena ante nuestra legislación, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Emisión electrónica: Elaborarse en formato digital que contenga todos los elementos del artículo 170 de la LGTOC.
  2. Firma electrónica avanzada: Debe generarse a través de un prestador de servicios de certificación autorizado, garantizando la identidad del firmante y la integridad del documento.
  3. Constancia NOM-151: Este documento técnico acredita la conservación, autenticidad y fecha de emisión del pagaré.
  4. Custodia y accesibilidad: El pagaré y su constancia deben conservarse electrónicamente durante la vigencia de la obligación.
  5. Endoso electrónico: En caso de transmisión, el endoso debe realizarse también con la firma electrónica avanzada y constancia NOM-151, preservando su trazabilidad.

Cumplir con estos pasos garantiza que el pagaré digital tenga la misma fuerza legal y ejecutiva que un pagaré físico.

En un entorno empresarial que avanza hacia la digitalización, adoptar instrumentos electrónicos como el pagaré digital no es solo una tendencia, sino una estrategia esencial para optimizar procesos sin comprometer la seguridad jurídica.